Por el cual se revocan unos actos administrativos.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en ejercicio del Acuerdo número 0105 del 18 de Diciembre de 1993 o Estatuto General y
CONSIDERANDO:
*. El Consejo Superior mediante Acuerdo número 026 del 8 de junio de 2004, creó una Prima Técnica para el cargo de Decano de Facultad (Código 0085) y mediante Acuerdo 027 del 8 de junio de 2004 autorizó una equiparación del salario del cargo de Secretario General de Universidad (Código 0185) con el de Vicerrector de Universidad (Código 0060)
*. El Vicerrector Administrativo y la Jefe de la División de Recursos Humanos, mediante oficios VRAD508-DRH330 del 26 de julio de 2004 y VRAD490-DRH-320 del 21 de julio de 2004, respectivamente, conceptúan sobre la inviabilidad jurídica, procedimental y estatutaria de dichos actos administrativos.
v La Corporación acoge dichos conceptos.
En consecuencia,
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO: Dejar sin efectos y revocar directamente los Acuerdos 026 y 027 del 8 de junio de 2004.
ARTICULO SEGUNDO: Enviar copia de la presente providencia a la Vicerrectoría Administrativa, Oficina Jurídica, Divisiones de Recursos Humanos y Financiera y a las unidades académicas.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los diez (10) días del mes de agosto de dos mil cuatro (2004).
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