Marzo 4 / 2013
Circular Nº 5-22.2-002 de la Vicerrectoría Administrativa, por la cual se aplica el Principio de Anualidad
Número del documento:
5-22.2-002Emitido por: Vicerrectoría Administrativa
Dirigido a: Docentes, Funcionarios
Destinatarios específicos: Rectoría, Secretaría General, Vicerrectorías Académica, de Investigaciones y de Cultura y Bienestar, Decanos de Facultades, Directores de Centro, Jefes de Divisón, Jefes de Oficina, Directores de Proyectos, Profesionales responsables de Áreas y Unidad de Salud.
Asunto: Aplicación del principio de anulidad.
Con el fin de dar plena aplicación a lo establecido en el artículo 7 del Acuerdo 051 de 2007, por medio del cual se adopta el Estatuto Financiero y Presupuestal de la Universidad, relacionado con el PRINCIPIO DE ANUALIDAD para la ejecución del gasto público, me permito impartir las siguientes directrices administrativas para el cumplimiento del mismo, así:
a) Las solicitudes de Disponibilidades Presupuestales para la contratación de prestaciones de servicios de la presente vigencia, deberán corresponder a la planeación del gasto de las dependencias, acorde con la correcta aplicación de la anualidad correspondiente.
b) La Vicerrectoría Administrativa autorizará la expedición de Certificados de Disponibilidad Presupuestal para los contratos y Órdenes de Prestación de Servicios por un valor igual o proporcional a su ejecución, sin que ésta sea superior al 31 de diciembre de 2013.
c) Las Órdenes de Prestación de Servicios suscritas a la fecha y que su periodo de ejecución supere la presente vigencia, serán ajustadas por la Oficina Jurídica mediante otro sí.
d) La División de Gestión Financiera expedirá Certificados de Disponibilidad Presupuestales con periodos de servicios hasta el 31 de diciembre de 2013, ajustando los valores proporcionalmente a los convenios respectivos.
Universitariamente,
LUIS CARLOS AYALA CALDAS
Vicerrector Administrativo
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