Consejo Académico
Información general
El Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Universidad del Cauca y estará integrado por:
a) El Rector, quien lo presidirá
b) El Vicerrector Académico, quien lo presidirá en ausencia del Rector.
c) El Vicerrector Administrativo
d) El Vicerrector de Cultura y Bienestar. (Acuerdo 047 del 26 de agosto de 1997, Art 1º).
e) El Vicerrector de Investigaciones. (Acuerdo 047 del 26 de agosto de 1997, Art. 1º)
f) Los Decanos de Facultad
g) El Director del Centro de Posgrados. (Acuerdo 042 del 18 de septiembre de 2012, Art. 1º)
h) Dos (2) profesores de la Institución elegidos en votación secreta por los profesores en ejercicio, quienes deberán ser asociados o titulares y no estar sancionados disciplinaria o penalmente. (Acuerdo 017 del 12 de marzo de 2013)
i) Tres estudiantes de la Universidad del Cauca, con voz y voto, elegidos así: Dos (2) estudiantes de los programas regulares y Un (1) estudiante de los programas de Regionalización de la Institución; con matrícula vigente en las asignaturas del respectivo plan de estudios, quienes deberán haber cursado y aprobado por lo menos el 50% del respectivo programa académico, alcanzando en sus estudios un promedio general no inferior a tres punto cinco (3.5) y no haber sido sancionados con cancelación de matrícula o expulsión o penalmente. Serán elegidos mediante votación secreta, respectivamente por los estudiantes regulares y los de Regionalización, con matrícula vigente”. (Acuerdo 032 del 12 de septiembre de 2017, Art. 1º)
Los profesores y el estudiante elegidos al Consejo Académico tendrán un período de dos y un año, respectivamente, contados a partir de la fecha de su elección, mientras conserven tales calidades.
Como Secretario del Consejo Académico, actuará el Secretario General de la Universidad del Cauca.