Por la cual se suspende el conteo de términos de los procesos, solicitudes, trámites y diligencias adelantadas, presentadas y tramitadas por y ante la Universidad del Cauca.
El Rector de la Universidad del Cauca en uso de sus competencias Legales y Estatutarias y especialmente las conferidas en el inciso primero del artículo 23 del Acuerdo Superior de 1993, y;
El Rector de la Universidad del Cauca, en uso de su competencia funcional y estatutaria y,
CONSIDERANDO QUE
La Universidad del Cauca mediante la Resolución R 247 del 6 de abril de 2020 amplió la suspensión de actividades administrativas dentro de sus espacios físicos como medida preventiva frente a la amenaza del CORONAVIRUS COVID -19, en concordancia con el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretado a nivel Nacional.
Por medio de la cual la Universidad del Cauca lamenta el fallecimiento de un Profesor Universitario.
El Rector de la Universidad del Cauca en uso de sus facultades estatutarias y reglamentarias, y
CONSIDERANDO
A partir de las medidas de orden nacional para realizar el aislamiento como prevención de contagio del COVID19, y que han sido adoptadas por la Universidad del Cauca, la labor administrativa se ha venido desarrollando en la modalidad de trabajo en casa, respondiendo a las dinámicas institucionales que se requieren con la atención de servicios, desarrollo de proyectos y realización de reuniones de manera virtual.